Seguro de responsabilidad civil

Seguro de Responsabilidad Civil
¿Qué puedo comprar?
Descripción

La Universidad tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil general.

Fecha inicio de cobertura: 19-07-2023

Fecha fin: Hasta el 19 de julio de 2024

Entidad aseguradora: Axa Seguros Genrales, SA. de Seguros y Reaseguros.

Mediador del Seguro: Disser Correduría de Seguros SA.

Riesgo cubierto:

La presente póliza garantiza al Asegurado, dentro de los límites económicos suscritos, el pago de las indemnizaciones pecuniarias de que pudiera resultar civilmente responsable por daños corporales o materiales, así como por los perjuicios económicos que de ellos se deriven, ocasionados a terceros en el ejercicio de la actividad profesional técnica, como proyección, dirección, control o supervisión de obras y/o trabajos realizados en el ámbito de la actividad universitaria, tanto por su personal docente e investigador y/o por los técnicos y resto de miembros de la comunidad universitaria.

Quedan expresamente cubiertas, con el alcance anteriormente definido, las reclamaciones derivadas de los actos de los trabajadores designados por el Asegurado para la prestación del servicio de prevención de riesgos laborales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 y 31 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y normativo de desarrollo o que la sustituya.
Esta cobertura actuará en exceso y/o en diferencia de condiciones y límites respecto de otros seguros, obligatorio o no, suscritos, bien a través de los respectivos colegios profesionales o de cualquier otra forma.

Terceros:

Los alumnos también tendrán la consideración de terceros.

Coberturas y Límites máximos de indemnización establecidos en el contrato:

Responsabilidad Civil Explotación: ………………………………………………………………      1.502.530,26 €

Responsabilidad Civil Patronal: ………………………………..………………………………..       1.502.530,26 €

Responsabilidad Civil Locativa: ………………………………………………………………....          300.000,00 €

R. Civil Subsidiaria por uso de Vehículos por los Empleados: ……………………….… ........     1.502.530,26 €

Responsabilidad Civil Daños a Vehículos de Empleados y/o Terceros en Aparcamientos y/o

Garajes del Asegurado: ..........................................................................................................         60.000,00 €

Responsabilidad Civil por Contaminación Accidental: …………………………………….........       150.000,00 €

Responsabilidad Civil Profesional …………………………………………………......................    1.000.000,00 €

Franquicia……………………………………………………………………………………….........           1.500,00 €

Las garantías, límites, sublímites y franquicia/s del contrato serian de aplicación en un supuesto siniestro, siempre y cuando no exista alguna exclusión aplicable al mismo.

Quedan cubiertas las reclamaciones por daños corporales o materiales y perjuicios económicos consecuenciales ocasionados a terceras personas por trabajos de carácter técnico, científico o artístico exclusivamente cuando se realicen al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades. Se excluyen expresamente los daños a las obras y reclamaciones basadas en la falta de idoneidad del trabajo para el fin pretendido con su realización. Por esta cobertura queda cubierta la Responsabilidad Civil Directa de los profesores, así como la que directa o subsidiariamente pudiera corresponder a la Universidad, siempre que se trate de actividades realizadas al amparo del artículo 83 de la Ley Orgánica de Universidades.

DETALLE AMPLIACIONES:

DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA: Las coberturas de la presente póliza se extenderán y serán de aplicación respecto a las responsabilidades derivadas de daños sobrevenidos en territorio de los países de Todo el Mundo excepto USA, Canadá y Méjico, y reclamadas ante o reconocidas por Tribunales españoles.

Queda así ampliado lo establecido en el Punto DELIMITACION GEOGRÁFICA DE LA COBERTURA de las Condiciones Particulares de la póliza.

ACTIVIDADES ESCOLARES: quedan comprendidas las actividades escolares y/o lúdicas y se  incluyen la práctica de actividades físicas, deportivas y actividades de riesgo: artes marciales, defensa personal, combate, esgrima, boxeo, judo, esquí, escalada hasta 8 m., espeleología, buceo, iniciación al parapente (15 m), snowboard. No incluye daños sufridos por los alumnos causantes. Incluye daños causados por los alumnos.

RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL: La presente póliza garantiza al Asegurado ,dentro de los límites económicos suscritos- el pago de las indemnizaciones pecuniarias de que pudiera resultar civilmente responsable por daños corporales o materiales, así como por los perjuicios económicos que de ellos se deriven, ocasionados a terceros en el ejercicio de la actividad profesional técnica, como proyección, dirección, control o supervisión de obras y/o trabajos realizados en el ámbito de la actividad universitaria, tanto por su personal docente e investigador y/o por los técnicos y resto de miembros de la comunidad universitaria.

Quedan expresamente cubiertas, con el alcance anteriormente definido, las reclamaciones derivadas de los actos de los trabajadores designados por el Asegurado para la prestación del servicio de prevención de riesgos laborales, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 30 y 31 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y normativo de desarrollo o que la sustituya.

Esta cobertura actuará en exceso y/o en diferencia de condiciones y límites respecto de otros seguros, obligatorio o no, suscritos, bien a través de los respectivos colegios profesionales o de cualquier otra forma.

 

No puedo comprar

Exclusiones:

Ver Condiciones el la póliza y en la ampliación

Plazos de entrega

-- sin rellenar --

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¿Cómo comprar?
Pasos

En la documentación adjunta se ha incluido un resumen de las condiciones de este seguro, además se incluye la póliza completa y una ampliación de la misma.

En caso de haberse producido daños personales, materiales y perjuicios consecutivos la persona de contacto es:

     Lourdes Aizpurua

     DISSER Corr. de Seg. S.A.

     Tel. 91 639 72 60

     Fax 91 639 72 10

     administracion@disser.es; lourdes@disser.es

      www.disser.es

Datos a remitir para que nos abran un expediente:

  1. Fecha en la que haya tenido lugar
  2. Campus en el que ha sucedido el daño
  3. Lugar en el que ha tenido lugar el daño
  4. Descripción del suceso
  5. Daños
    • En el caso de un vehículo dañado, indicar: marca, modelo, color, matrícula, titular, teléfono y correo electrónico del titular, aseguradora y número de póliza
    • Si el causante fuera un empleado de la UPM: nombre, apellidos, DNI y TC2
  6. Persona de contacto de la UPM
  7. Teléfono
  8. Es conveniente adjuntar fotografía de los daños y necesario indicar valoración de los mismos (aproximada)

Facilitarán un número de expediente.

 

¿No encuentro lo que busco?

En caso de necesitar contratar otro tipo de seguro, contactar con:

Lourdes Aizpurua

DISSER Corr. de Seg. S.A.

Tel. 91 639 72 60

Fax 91 639 72 10

administracion@disser.es

www.disser.es

¿Tienes dudas?
FAQ Específicas

1- Vamos a realizar un evento con un número de participantes elevado, entrega de diplomas, concierto, y otros similares. ¿Debemos comunicar el evento a la aseguradora? 

Si, hay que comunicarlo. Además, la aseguradora nos propondrá el pago de  una prima que correrá a cargo del Centro de gasto en el que se vaya a realizar la actividad.

2- ¿Tengo que comunicar los eventos no relacionados con la docencia y la investigación?

La póliza de Responsabilidad Civil recoge las garantías de los daños que se puedan causar bien por negligencia o error correspondientes a la actividad de la UPM. Como actividad de la Universidad están incluidas básicamente la enseñanza y la investigación. En este sentido los eventos que por sus características no encajan dentro de las actividades descritas, han de comunicarse a la aseguradora, para que tenga conocimiento y evitar problemas posteriores en caso de siniestro. De este modo solicitamos que dichos suplementos queden reflejados en la póliza, tanto para constatar su cobertura, como en muchos casos para que podáis presentar la garantía ante los organismos externos participantes en el evento. En cuanto a la prima: normalmente no se aplica, si bien cuando el riesgo es mayor bien por la actividad (por ejemplo caso de tirolina), o bien por el número de participantes o lugar donde se vaya a celebrar, se aplica una prima mínima que generalmente corresponde con los gastos administrativos creados. 

FAQ Genéricas
¿Necesitas más información?

Lourdes Aizpurua

DISSER Corr. de Seg. S.A.

Tel. 91 639 72 60

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