Suministro de mobiliario por compra directa (Lotes 2 y 3)

Mobiliario compra directa
¿Qué puedo comprar?
Descripción

El objeto del acuerdo marco es el suministro de bienes de las categorías pertenecientes al Lote 2: “Mueble de Oficina General” y al Lote 3: “Sillería” en los que están fijados todos los términos, sin necesidad de realizar una segunda licitación siendo la adquisición mucho más sencilla. 
Quedan fuera del ámbito de este acuerdo marco los contratos para el suministro de los bienes indicados cuyo presupuesto de licitación sea inferior a 5.000 euros, impuestos excluidos, así como los que, por su importe, estén sujetos a regulación armonizada. 

El AM se estructura en los siguientes lotes:

  • Lote 2. Mueble de oficina general.
  • Lote 3: Sillería.

Vigencia:

  • Lote 1. Fecha de entrada en vigor: 20 de diciembre de 2023; Fecha de finalización: 31 de diciembre de 2024
  • Lote 2. Fecha de entrada en vigor: 20 de diciembre de 2023; Fecha de finalización: 31 de diciembre de 2024.

     

    CATÁLOGO DE PRODUCTOS

    En el siguiente enlace se pueden consultar los productos correspondientes al lote 2 - Mueble de oficina general y lote 3 - Sillería.

    https://contratacioncentralizada.gob.es/ficha-am/-/journal_content/XXA1X8YVROqE?_56_INSTANCE_XXA1X8YVROqE_articleId=235811&_56_INSTANCE_XXA1X8YVROqE_groupId=11614

    La adjudicación de estos contratos basados se realizará de forma directa, sin realizar segunda licitación y es sólo para las categorías que figuran en el anexo II en la que han quedado fijados todos los términos de los suministros, incluido el precio. 

    Se tramitará un expediente de contratación y se concluirá un contrato basado por cada una de las categorías de cada uno de los lotes en los que se han fijado los términos para la compra directa del suministro de mobiliario, no pudiendo incluir por lo tanto en la solicitud de conformidad (anexo IV), varias categorías, aunque sean del mismo lote.

    Cada una de las categorías de cada lote se han adjudicado a las cuatro empresas que figuran en el anexo II, identificando a la empresa adjudicataria principal y a las tres empresas adjudicatarias subsidiarias. Siempre deberá iniciarse la tramitación del contrato basado solicitando el suministro a la empresa adjudicataria principal de cada categoría y lote.

    En el siguiente enlace se recogen todos los bienes del catálogo de compra directa por lotes, categorías y empresas.

    https://contratacioncentralizada.gob.es/documents/11614/235927/Anexo+II-+Articulos+Catalogo2.pdf/0a14f209-d874-4f42-ba43-498da42d7e37

    En la dirección web de las empresas de este Acuerdo Marco, se ha incorporado un espacio diferenciado identificado como “Catalogo de Adjudicación Directa”, en el que figuran los productos de los lotes que han sido adjudicatarias, incluyendo imágenes de los mismos en sus diferentes acabados, así como sus especificaciones técnicas. 

 

No puedo comprar

Quedan fuera del ámbito de este acuerdo marco los contratos para el suministro de los bienes indicados cuyo presupuesto de licitación sea inferior a 5.000 euros, impuestos excluidos,conforme a la cláusula 1.1 del PCAP, así como los que, por su importe, estén sujetos a regulación armonizada. 

No están incluidos en el ámbito objetivo del AM y, por tanto, no pueden adquirirse en ejecución del mismo los siguientes bienes: papeleras, paragüeros, percheros, jardineras, cortinas, estores, persianas, lámparas y similares, banderas y mástiles, reposapiés, así como cualquier otro producto de naturaleza y finalidad distinta a los establecidos en los lotes del AM como objeto del mismo.

En consecuencia, la adquisición de estos productos fuera del sistema de contratación centralizada no requiere autorización de la DGRCC.

En caso de duda sobre si determinado bien se considera o no incluido en el AM, se realizará una consulta a la dirección de correo electrónico mobiliario.centralizado@hacienda.gob.es

¿Con qué fondos puedo comprar?
¿Cómo comprar?
Pasos

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA TRAMITACIÓN DE UN CONTRATO DE COMPRA DIRECTA

Pasos en la tramitación:

  1. La Unidad tramitadora revisa si los productos o artículos ofertados en el Catálogo de Compra directa cumplen con los requisitos y características técnicas que necesita.
  • Si cumple continúa el procedimiento explicado en los siguientes puntos.
  • Si no cumple con los requisitos o necesidades los productos que figuran en este catálogo de compra directa, se debe seguir el procedimiento habitual de realizar una segunda licitación, invitando a todas las empresas seleccionadas para un lote determinado, ver apartado mobiliario 

2. La Unidad tramitadora envía mediante correo electrónico el Anexo IV firmado por el responsable del Contrato (documento de solicitud de conformidad) y Anexo V (Documento de respuesta a la solicitud de conformidad cumplimentado parcialmente por la unidad tramitadora), a la empresa adjudicataria principal (Ver Anexo II) 

https://contratacioncentralizada.gob.es/documents/11614/235927/Anexo+II-+Articulos+Catalogo2.pdf/0a14f209-d874-4f42-ba43-498da42d7e37

3. La Unidad Tramitadora envía al Servicio de Contratación de la UPM el anexo IV, anexo V con la conformidad de la empresa para atender el suministro (la empresa debe terminar de cumplimentar este anexo V, expresando su conformidad); copia del correo electrónico enviado por la Unidad Tramitadora a la empresa adjudicataria principal y correo recibido por la empresa; Documento de Tramitación cumplimentado (DT) (Anexo III) y Documento Contable RC firmado de Retención de Crédito.

4. Si la empresa adjudicataria como principal manifestase la imposibilidad de atender la petición, en el plazo establecido o porque, previa comprobación, carezca de la capacidad de contratar por causas extraordinarias o por incurrir en alguna de las casusas de prohibición para contratar previstas en la LCSP, se deberá enviar el escrito de la empresa en el que manifieste, de forma motivada, la imposibilidad de atender el suministro al siguiente correo: 

secretaria.mesacontratación@upm.es; antes de proseguir la tramitación de la compra directa, ya que lo tiene que autorizar la DGRCC.

5. Una vez recibido el certificado de conformidad con el suministro manifestada por la primera empresa adjudicataria o, en su caso, por la siguiente mejor clasificada, el Servicio de Contratación continúa con el expediente y elabora:

  • La Propuesta de Adjudicación que firma el Vicerrector de Asuntos Económicos 
  • Remite toda la documentación a la Plataforma de la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación (DGRCC), AUNA

6. La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación emite la Resolución Adjudicación, y se firma el contrato por el órgano de Contratación (El Vicerrector de Asuntos Económicos es el órgano de Contratación en la UPM).

7. El Servicio de Contratación comunica la adjudicación a la empresa y a la Unidad Promotora (Centro)y envía el contrato y el modelo acta de Recepción.

 

¿No encuentro lo que busco?

Si los productos contenidos en los lotes 2 y 3 no reúnen los requisitos necesarios, la compra se realizará mediante una segunda licitación:

https://portaldecompras.upm.es/mobiliarios/mobiliario-segunda-licitacion

¿Tienes dudas?
FAQ Específicas

1- ¿Es obligatorio efectuar compras de los productos incluidos en este AM a través de este sistema?

Mediante la adhesión a este Acuerdo Marco, la Universidad Politécnica de Madrid se obliga a efectuar la contratación de la totalidad de los suministros incluidos en el mismo a través del sistema estatal de contratación centralizada, en los términos establecidos en el Acuerdo Marco celebrado con las empresas adjudicatarias, así como en las instrucciones dictadas por la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
Cuando excepcionalmente, la contratación de los suministros de bienes se efectúe al margen del sistema estatal de contratación centralizada, porque aquéllos no reúnan las características indispensables para satisfacer las necesidades de la Universidad Politécnica de Madrid, ésta deberá informar de dicha circunstancia a la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación, con periodicidad trimestral.

2-¿Tengo que efectuar la compra dentro de este AM si los productos que voy a comprar no superan los 5.000 euros?

Quedan fuera del ámbito de este acuerdo marco los contratos para el suministro de los bienes indicados cuyo presupuesto de licitación sea inferior a 5.000 euros, impuestos excluidos.

3-¿Qué procedimiento tengo que seguir para las adquisiciones que no superan los 5.000 euros?

El establecido en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)

  • Contrato menor sin expediente: Solo para gastos de investigación tramitados en OTT. En aquellos casos en los que se trate de gastos ocasionales, no recurrentes, el contrato no exceda de 5.000 euros y cuyo pago se verifique a través del sistema de anticipos de Caja Fija.

  • Contrato menor con expediente: Solo en aquellos casos en los que se trate de gastos ocasionales, no recurrentes, su valor estimado sea inferior a 5.000 euros (IVA excluido),  y su duración no sea superior a un año. Se solicitarán tres presupuestos por escrito y deberá hacerse el expediente en el Módulo de Compras en UXXI Económico, si se trata de gastos generales y en el Portal del Investigación si se trata de gastos de investigación.

 

FAQ Genéricas
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